lunes, 22 de diciembre de 2025

El reporte ambien­tal y social se retrasa hasta el año 2028 /Principales medidas del paquete Ómnibus

 

El reporte ambien­tal y social se retrasa hasta el año 2028

El Par­la­mento Euro­peo ha apro­bado, con amplia mayo­ría, el lla­mado Ómni­bus I, un paquete legis­la­tivo que incluye la Direc­tiva sobre Infor­ma­ción Cor­po­ra­tiva en Mate­ria de Sos­te­ni­bi­li­dad (CSRD), la Direc­tiva de Dili­gen­cia Debida en Sos­te­ni­bi­li­dad Empre­sa­rial (CSDD) y la Taxo­no­mía Euro­pea. Este acuerdo, tras el prin­ci­pio de acuerdo pre­vio entre la Euro­cá­mara y el Con­sejo Euro­peo, con­lleva la rebaja de las exi­gen­cias que obli­gan a las empre­sas a infor­mar sobre el impacto ambien­tal y social de su acti­vi­dad, faci­li­tando su imple­men­ta­ción y redu­ciendo el número de empre­sas afec­ta­das.

Los cam­bios supo­nen que en el caso de la Direc­tiva sobre Infor­ma­ción en Mate­ria de Sos­te­ni­bi­li­dad los Esta­dos tie­nen doce meses para su trans­po­si­ción a la nor­ma­tiva local tras su publi­ca­ción en el Dia­rio de la UE. Las exi­gen­cias se retra­san dos años. En lugar de entrar en vigor en 2026, las empre­sas repor­ta­rán en 2028 la infor­ma­ción del ejer­ci­cio 2027.

A par­tir de ese momento, sólo las empre­sas de la UE con más de 1.000 emplea­dos de media y un volu­men de nego­cios anual neto supe­rior a 450

Ape­nas entre el 5% y el 8% de las empre­sas euro­peas debe­rán repor­tar infor­ma­ción

millo­nes de euros debe­rán ela­bo­rar infor­mes socia­les y ambien­ta­les. Las nor­mas tam­bién se apli­ca­rán a las empre­sas de ter­ce­ros paí­ses con una fac­tu­ra­ción en la UE supe­rior a 450 millo­nes y a sus filia­les y sucur­sa­les que gene­ren más de 200 millo­nes. Las pymes coti­za­das que­dan fuera del umbral de apli­ca­ción.

En el caso de la Direc­tiva de Dili­gen­cia Debida en Sos­te­ni­bi­li­dad Empre­sa­rial, úni­ca­mente las com­pa­ñías con una fac­tu­ra­ción neta supe­rior a los 1.500 millo­nes de euros y más de 5.000 emplea­dos se verán obli­ga­das a cum­plir la legis­la­ción. Su apli­ca­ción se retrasa tam­bién un año, hasta julio de 2029.

https://www.pressreader.com/spain/expansion-nacional/20251222/page/8

En España por dimensión en general mas pequeñas de las empresas , seguramente solo tendrán obligación entre un 3 y un 5 %


Ómni­bus I, un paquete legis­la­tivo que incluye la Direc­tiva sobre Infor­ma­ción Cor­po­ra­tiva en Mate­ria de Sos­te­ni­bi­li­dad (CSRD), la Direc­tiva de Dili­gen­cia Debida en Sos­te­ni­bi­li­dad Empre­sa­rial (CSDD) y la Taxo­no­mía Euro­pea

La Unión Europea ha dado luz verde al paquete Ómnibus este 26 de febrero de 2025, volviendo a sacudir el panorama regulatorio europeo en materia de sostenibilidad empresarial. Estas pautas que regirán el programa de trabajo del año impulsadas por la Comisión Europea, buscan reducir la carga administrativa de las empresas de la UE, garantizando que puedan seguir siendo competitivas sin comprometer sus obligaciones en materia de sostenibilidad

Durante los últimos años, la Comisión Europea ha impulsado ambiciosas normativas en materia de sostenibilidad, estableciendo estándares más estrictos en información no financiera, diligencia debida en derechos humanos y medioambiente, entre otros aspectos ESGEn numerosos documentos comunitarios, el continente ha querido posicionarse a la cabeza un modelo de producción verde y sostenible. Sin embargo, en los últimos meses, Europa ha mostrado un aumento de su preocupación por aumentar la competitividad empresarial y por simplificar los requisitos impuestos a las empresas en materia de sostenibilidad, antes incluso de que algunas de sus directivas hayan sido transpuestas.

El Informe Draghi 2024 ya advertía sobre este desafío, señalando que, aunque la UE sigue liderando en sostenibilidad y normativas ESG, el exceso de burocracia podría estar limitando el crecimiento económico y la capacidad de sus empresas para competir a escala global. En particular, el informe subrayaba que: «Las empresas innovadoras que buscan escalar en Europa se ven obstaculizadas en cada etapa por regulaciones inconsistentes y restrictivas.«

En noviembre de 2024, tras una reunión informal del Consejo Europeo, la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, anunció su intención de revisar la normativa de sostenibilidad para reducir la carga administrativa sobre las empresas. En su intervención, adelantó la preparación de un proyecto de ley ómnibus con un enfoque integral en simplificación

Los tres pilares se complementan con cinco facilitadores horizontales, que son esenciales para respaldar la competitividad en todos los sectores:

Simplificación: Este facilitador pretende reducir drásticamente la carga normativa y administrativa. También implica un esfuerzo sistemático por simplificar, agilizar y facilitar los procedimientos de acceso a los fondos de la UE y las decisiones administrativas de la Unión. La próxima propuesta Ómnibus simplificará la presentación de información sobre sostenibilidad, diligencia debida y taxonomía. Además, la Comisión facilitará la actividad empresarial de miles de pequeñas empresas de capitalización mediana. La Brújula establece el objetivo de reducir al menos en un 25 % la carga administrativa para las empresas, y al menos en un 35 %, para las pymes.

Mejor coordinación de las políticas a escala nacional y de la UE: La Comisión introducirá también una Herramienta de Coordinación de la Competitividad, que colaborará con los Estados miembros para garantizar que se apliquen los objetivos políticos compartidos de la UE a escala nacional y de la Unión, identificar proyectos transfronterizos de interés europeo y proseguir las reformas e inversiones conexas. En el próximo marco financiero plurianual, un Fondo de Competitividad sustituirá a varios instrumentos financieros de la UE que existen actualmente y tienen objetivos similares, de manera que se faciliten ayudas a la ejecución de acciones en el marco de la Herramienta de Coordinación de la Competitividad.

https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_25_339

https://www.pactomundial.org/sostenibilidad-empresarial/

La medida ha generado un intenso debate entre quienes defienden una mayor flexibilidad normativa para impulsar la competitividad y quienes advierten sobre el riesgo de un retroceso en los compromisos de sostenibilidad. En este sentido, UN Global Compact ha reafirmado su apoyo a los esfuerzos a favor de la diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos y medioambiente.

https://unglobalcompact.org/news/un-global-compact-reaffirms-its-support-efforts-toward-mandatory-human-rights-and

Principales medidas del paquete Ómnibus

Entre las principales medidas que se despliegan con este paquete normativo destacan:

Reducción de la carga de reporte: se estima que disminuye en un 25% las cargas administrativas para las empresas y hasta un 35% para las pequeñas y medianas empresas. 

Claridad y armonización jurídica: la iniciativa pretende buscar coherencia en la aplicación de la regulación ESG. De esta manera, busca integrar de forma coordinada las directivas existentes (CSRD, CSDDD y Taxonomía UE). 

Flexibilidad para Mid-Caps y regímenes a medida: se incluye la posibilidad de un régimen regulatorio diferenciando entre las de medio tamaño y aquellas que operan en varios Estado miembros, con el fin de adaptarse al sector y mercado.  

Se busca simplificar y optimizar el uso de diversos programas de inversión. Como InvestEU, el FEIE y otros instrumentos financieros, para poner más financiación a disposición de las empresas 

Cómo afectará a la Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad (CSRD)?

Se pospone en dos años (hasta 2028) los requisitos de informes para las empresas actualmente dentro del alcance de la CSRD, que debían empezar a reportar en 2026 o 2027

Se garantiza que los requisitos de informes de sostenibilidad para las grandes empresas no impongan cargas a las empresas más pequeñas dentro de sus cadenas de valor. 

Se revisan los Estándares de Reporte de Sostenibilidad Empresarial (ESRS) y no habrá informes de sostenibilidad obligatorios para las pymes que cotizan en bolsa.  

Por el momento no se establecerán nuevos requisitos sectoriales. 

Las empresas no pertenecientes a la UE deben cumplir la CSRD si generan ingresos superiores a 450 millones de euros en la UE. 

Los principales cambios en el ámbito de la diligencia debida en sostenibilidad serán:

Se da más tiempo a las empresas para prepararse y cumplir con los nuevos requisitos, posponiendo la aplicación de la diligencia debida en sostenibilidad para las empresas más grandes hasta el 26 de julio de 2028 (un año adicional), mientras que la adopción de las directrices se adelanta un año, a julio de 2026. Además, el proceso de diligencia debida solo tendrá que actualizarse cada 5 años. 

Legalmente se restringe a los Estados miembros de la UE la introducción de normas más estrictas para hacer frente a los impactos en derechos humanos por parte de las empresas. 

Se suprime la responsabilidad civil de las compañías en toda la UE pero manteniendo el derecho de las víctimas a una compensación total por los daños causados por incumplimiento. 

No habrá régimen de diligencia debida para las instituciones financieras. 

Se reduce la carga y el efecto cascada sobre las pymes y las empresas de mediana capitalización (SMCs)limitando la cantidad de información que las grandes empresas pueden solicitar dentro del mapeo de la cadena de valor. 

Respecto a los grupos de interés, solo será necesario implicar a los trabajadores, las comunidades directas y las personas afectadas. Asimismo, se reduce la obligación de poner fin a las relaciones comerciales cuando haya un impacto en derechos humanos por parte de la compañía con la que se mantenga una relación comercial.  

No hay obligación de «poner en marcha» un plan de transición climática

Cambios sobre la Taxonomía de la UE

Se reduce la carga de las obligaciones de información de la Taxonomía de la UE y se limita a las empresas más grandes. 

Se introduce la opción de informar sobre actividades que estén parcialmente alineadas con la Taxonomía de la UE. 

Se establece un umbral de materialidad financiera para los informes de la Taxonomía y se reducen las plantillas de información en torno a un 70%. 

Se simplifican los criterios más complejos de prevención y control de la contaminación relacionados con el uso y la presencia de sustancias químicas que se aplican horizontalmente a todos los sectores económicos en el marco de la Taxonomía de la UE. 

Se ajustan entre otros, el principal indicador clave de rendimiento para los bancos basado en la Taxonomía, el Ratio de Activos Verdes (GAR).

Retos en el nuevo escenario regulatorio

Aunque el Paquete Ómnibus está pensando para facilitar la labor de las empresas, su implementación conlleva diversos desafíos. A continuación, destacamos algunos de ellos: 

Adaptación de los sistemas de reporte: las organizaciones deberán ajustar sus procesos y herramientas para cumplir con los nuevos requerimientos en plazos revisados. Entre todos los actores debemos conseguir que ni la diligencia debida ni la elaboración de informes sean un ejercicio de mero cumplimiento; sino que se enfoque como una prioridad impulsada por la estrategia, la transparencia y la rendición de cuentas. 

Capacitación y formación: es imprescindible dotar de los recursos y conocimientos necesarios para interpretar y aplicar correctamente las nuevas normativas, incluidas las actualizaciones. La clave está en apoyar la implementación de las normas con los recursos adecuados y fomentar la colaboración efectiva entre todas las partes interesadas. Con este fin, el Pacto Mundial de las Naciones Unidas está listo para apoyar a las empresas.   

Vigilancia y evaluación continua: es crucial garantizar que la menor burocracia no se traduzca en una menor calidad de la información. La vigilancia y evaluación continua serán claves para evitar que la simplificación derive en falta de datos relevantes o menor trazabilidad en el desempeño en sostenibilidad. 

Respecto a los próximos pasos, las propuestas legislativas serán enviadas al Parlamento Europeo y al Consejo para su consideración y adopción. Los cambios entrarán en vigor una vez que los colegisladores alcancen un acuerdo y tras su publicación en el Diario Oficial de la UE. 

Se eliminan alrededor del 80% de las empresas del alcance de la CSRD, enfocando las obligaciones de informes de sostenibilidad en las empresas más grandes. En concreto, sólo quedarán sujetas a la normativa las empresas con más de 1.000 empleados y 50 millones de euros de volumen de negocio. 

https://www.pactomundial.org/noticia/omnibus-se-aprueba-el-paquete-normativo-simplificador-en-sostenibilidad-empresarial/


Benito Arruñada, catedrático de la Universidad Pompeu Fabra e investigador asociado de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), que arremete directamente contra las directivas europeas de sostenibilidad empresarial conocidas como CSRD y CSDDD, indicando que “no deberían simplificarse, sino derogarse”.

En este sentido, el autor recuerda que el año pasado la Comisión Europea dio marcha atrás parcialmente con el denominado paquete Ómnibus, reduciendo el alcance de estas normas y aplazando su aplicación. Para Arruñada, este repliegue constituye un reconocimiento implícito de que el diseño original, impulsado desde las propias instituciones europeas, era inviable tanto desde el punto de vista económico como operativo.

Por otro lado, el análisis subraya que se trata de normativas que generan costes elevados y distorsiones económicas, al tiempo que desplazan decisiones políticas hacia el ámbito empresarial. Conviene recordar que la CSRD obliga a miles de empresas a elaborar informes detallados sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG), mientras que la CSDDD va un paso más allá, imponiendo deberes de diligencia sobre los impactos ambientales y sociales de la actividad empresarial, incluso a lo largo de toda su cadena de valor

A partir de este diagnóstico, Arruñada sostiene que las directivas no logran los objetivos que declaran perseguir

Arruñada indica que la información sobre sostenibilidad no se puede medir, desde la EBC si creemos que se puede medir, además todo lo que no se mide no puede ser mejorada

https://articulosclaves.blogspot.com/2025/08/comprar-en-tiendas-eticas-con-informe.html

https://www.garrigues.com/es_ES/garrigues-digital/paquete-omnibus-digital-comision-europea-regulacion-economia-digital-ue-cambia

https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/digital-omnibus-ai-regulation-proposal

https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/

https://informesnofinancieros.blogspot.com/

https://informesnofinancieros.blogspot.com/2026/01/las-directivas-de-sostenibilidad-no.html

https://articulosclaves.blogspot.com/2023/05/la-financiacion-del-bien-comun.html


Recomendaciones para informes no financieros 2025 ante las modificaciones de la CSRD y su transposición al ordenamiento jurídico español

 

El ICAC y la CNMV hicieron un segundo comunicado conjunto el pasado 19 de noviembre de 2025 ante la eventualidad de que el proceso legislativo para la transposición de la CSRD en España no pudiera completarse dentro del calendario inicialmente previsto.

En su primer comunicado conjunto publicado en noviembre de 2024, como España aún no había adaptado oficialmente la CSRD a su legislación, se recomendaba que - a partir de 1 de enero de 2025 - las entidades obligadas según la CSRD a publicar información de sostenibilidad publicaran su EINF de conformidad con la Ley 11/2018 y considerando el marco de las ESRS.

En vistas de las modificaciones de la CSRD anunciadas con el paquete “Ómnibus” y que el proyecto de ley que traspone la CSRD en España está pendiente de superar la tramitación parlamentaria, hoy nos encontramos con las mismas indicaciones.

A continuación, detallamos las recomendaciones del ICAC y la CNMV para empresas y verificadores, pero no sin antes repasar el contexto y las novedades de la CSRD que permitirán entender las indicaciones que se presentan para los informes correspondientes al ejercicio 2025.

Contexto actual: Modificaciones en la CSRD y los ESRS

El 26 de febrero de 2025 la Comisión Europea adoptó el paquete de propuestas “Ómnibus” con el fin de simplificar y reducir la carga administrativa sobre las empresas, haciendo una propuesta de contenido actualmente en evaluación por el Parlamento y el Consejo.

El objetivo es que la adopción de estas medidas se complete antes de diciembre de 2025, siendo previsible que la revisión de las ESRS finalice para mediados de 2026. No obstante, los procesos legislativos de la UE son complejos y, en ocasiones, pueden sufrir retrasos imprevistos.

El paquete incluye medidas como:

  • Reducir el ámbito de aplicación, centrándose empresas con más de 1.750 empleados y más de 450 millones de euros de cifra de negocio. No obstante, este planteamiento refleja únicamente la posición del Parlamento Europeo y deberá negociarse con el Consejo y la Comisión en el marco de los trílogos. Estas negociaciones están previstas para concluir antes de fin de año, por lo que el contenido aún puede sufrir modificaciones.
  • Eliminar las normas sectoriales específicas y la posibilidad de que la verificación sea razonable.
  • Adoptar una norma de reporte voluntario para empresas fuera del ámbito de la CSRD, basada en el VSME desarrollado por EFRAG.
  • Revisión y simplificación de los ESRS desde el número de puntos de datos que deben reportarse, así como la estructura y presentación de las normas, y las indicaciones para la materialidad.

Actualmente se han aprobado las siguientes medidas propuestas por la Comisión:

  • “Stop the Clock” (Directiva 2025/794, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de abril de 2025) pendiente de transposición a la legislación nacional, que retrasa dos años la aplicación de los requisitos de información de la CSRD para las empresas incluidas en la segunda y tercera fase.
  • “Quick fix” adoptado el 11 de julio de 2025, introduce una moratoria de dos años en la aplicación de determinadas disposiciones de los estándares ESRS, especialmente para las empresas incluidas en la Fase 1. Amplía el régimen transitorio a todas las entidades, que inicialmente solo beneficiaba a las que tenían menos de 750 empleados, y retrasa la obligación de aplicar o desglosar ciertos requisitos, como los efectos financieros del cambio climático o los estándares E4 (biodiversidad) y S2, S3 y S4 (aspectos sociales distintos del personal propio).

Recomendaciones: Qué hacer a partir del 1 de enero de 2026

Ante la eventualidad de que a 31 de diciembre de 2025 la legislación española no se haya equiparado con la europea, se recomienda que las empresas cumplan con la legislación aplicable en materia de información no financiera. En este caso, tanto para las empresas de la fase 1 y 2 aplican:

  • La Ley 11/2018 que obliga a publicar y verificar el EINF.
  • RD 214/2025 que desarrolla la Ley 7/2021, de Cambio Climático y Transición Energética, que obliga a publicar en el EINF la huella de carbono y un plan de reducción de emisiones a 5 años.

Calendario de aplicacion CSRD

Por tanto, a efectos de que la información que se publique en España sea comparable en el mayor grado posible con la que publiquen el resto de las entidades de la Unión Europea, se considera que las entidades españolas incluidas en la Fase 1, obligadas a publicar información de sostenibilidad del ejercicio 2025, deberán publicar el EINF y cumplir con el RD 214/2025, pudiendo valorar la inclusión de los ESRS voluntariamente y considerando el quick fix.

En cuanto a las empresas incluidas en la Fase 2, se recomienda igualmente la elaboración del EINF y el cumplimiento del RD 214/2025 para el ejercicio 2025. Para este grupo, se sugiere elaborar el VSME de forma voluntaria, lo cual tendría una utilidad limitada, ya que las empresas que pudieran pedir información a su cadena de valor de conformidad con la CSRD y los ESRS, podrán encontrarla en el EINF, que incluye un conjunto de indicadores más amplio que el VSME

https://auditoria-auditores.com/articulos/articulo-auditoria-recomendaciones-para-informes-no-financieros-2025-ante-las-modificaciones-de-la-csrd-y-su-transposici-n-al-ordenamiento-jur-dico-espa-ol/

El reporte ambien­tal y social se retrasa hasta el año 2028 /Principales medidas del paquete Ómnibus

  El reporte ambien­tal y social se retrasa hasta el año 2028 El Par­la­mento Euro­peo ha apro­bado, con amplia mayo­ría, el lla­mado Ómni­b...