viernes, 7 de octubre de 2022

¿BAJO QUÉ MARCO NORMATIVO PUEDE VERIFICARSE EL EINF? ¿QUÉ ASPECTOS PRELIMINARES DEBEN CONSIDERARSE ANTES DE ACEPTAR UN ENCARGO DE VERIFICACIÓN?

 ¿BAJO QUÉ MARCO NORMATIVO PUEDE VERIFICARSE EL EINF?


¿QUÉ ASPECTOS PRELIMINARES DEBEN CONSIDERARSE ANTES DE ACEPTAR UN ENCARGO DE VERIFICACIÓN?

Silvia Leis  

Como ya se ha comentado, la Ley 11/2018 introduce la verificación obligatoria del EINF por un prestador independiente de servicios de verificación, pero no concreta cual es naturaleza de la revisión que debe realizarse.

Ante la ausencia de un marco específico requerido, debemos plantearnos cuál sería el más adecuado para el trabajo concreto a realizar, teniendo siempre como referencia la normativa internacional emitida por la IFAC.

Con el objeto de realizar un trabajo que permita al profesional emitir una conclusión con el fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, es necesario encuadrar este trabajo en los “Encargos de Aseguramiento”.

El EINF es una información distinta de la Información Financiera Histórica, lo que nos determina que el marco de referencia más adecuado para cumplir con el fin perseguido sería la NIEA 3000 (Revisada), en la que se ha basado la Guía de actuación sobre encargos de verificación del EINF emitida por ICJCE.

La NIEA 3000 (Revisada) se desarrolla con dos alcances diferenciados, que ofrecen dos tipos de conclusiones: bien un aseguramiento razonable, bien un aseguramiento limitado. El objetivo del trabajo de aseguramiento razonable es reducir el riesgo hasta un nivel aceptable que permita al profesional emitir su conclusión en términos de seguridad positiva.

Sin embargo, para un trabajo de aseguramiento limitado el objetivo es la reducción del riesgo hasta un nivel aceptable (pero mayor que el anterior) que permita concluir en términos de seguridad negativa. Esto implica que el nivel de profundidad de un trabajo de aseguramiento razonable es sustancialmente mayor que en aquellos de aseguramiento limitado.

La Guía de actuación limita su ámbito de aplicación a los encargos de aseguramiento limitado sobreel EINF, al considerarse que, dada la naturaleza de la información incluida en el EINF, actualmente no siempre se dan las circunstancias que permitirían emitir informes de aseguramiento razonable, por lo que es recomendable la realización de estos encargos con un enfoque de aseguramiento limitado.

Tanto la NIEA 3000R (Revisada) como la Guía de actuación establecen una serie de consideraciones que el profesional debe analizar previamente a la aceptación de este tipo de encargos. Aunque todas son requeridas, reflexionaremos sobre algunas de ellas.


En relación con las propias características del encargo, un primer paso será evaluar si el EINF se encuentra debidamente identificado. Ante la falta de desarrollo reglamentario, las posibilidades de presentación son múltiples y todas ellas válidas, pero sea cual sea la forma elegida es altamente recomendable que exista una tabla que permita identificar dónde están localizables los distintos contenidos.

En segundo lugar, la información contenida en dicho estado deber ser susceptible de ser evaluada, por lo que debe ser precisa, relevante, comparable y verificable y responder a los requisitos previstos en la normativa mercantil considerando un marco objetivo para cada materia con el que el profesional pueda contrastar. Los criterios aplicados por la organización en la elaboración del EINF deben ser evaluados como adecuados antes de la aceptación del trabajo. En concreto, la normativa exige que para cada materia del EINF se indique el marco utilizado, por ejemplo los estándares GRI, seleccionados por los administradores al formular el EINF.

En relación con el equipo de trabajo, debemos evaluar si cuenta con las competencias profesionales suficientes para desarrollarlo. Es necesario disponer de un equipo que combine la suficiente experiencia y competencia técnica como para identificar y recoger las evidencias necesarias, en concreto, que cuente con experiencia en el área de la información no financiera, que tenga conocimientos especializados en la actividad de la organización, temas ambientales, laborales, aspectos sociales y económicos y su legislación aplicable, etc., que conozca los estándares y criterios para la elaboración de la información no financiera y que entienda las diferentes opiniones y puntos de vista de los grupos de interés externos más relevantes, entre otros aspectos. Es importante destacar que siguiendo el modelo de informe de verificación incluido en la Guía de actuación, el profesional indicará expresamente que cumple estas consideraciones y manifestará que el equipo de trabajo ha estado formado por profesionales expertos en revisiones de información no financiera, y específicamente, en información de desempeño económico, social y medioambiental.

En relación a los términos del encargo, es importante que queden descritos con suficiente detalle en una carta de encargo. La Guía de actuación no incluye un modelo pero si un detalle de los elementos que, en general, deberían incluirse.

Destacar que es especialmente relevante que en la carta de encargo se incluya la adecuada definición del alcance de la verificación, así como la correcta identificación del documento en el cual se integra el EINF (EINF separado, memoria de RSC, informe de gestión, etc.) y cualquier delimitación que se haya establecido. Deberán quedar detallados los criterios utilizados para evaluar o medir las distintas áreas y definir las diferentes responsabilidades, tanto de la organización, como las de sus administradores y su dirección.

Adicionalmente a los elementos detallados en la Guía de actuación, el profesional valorará la conveniencia de incluir otras cláusulas adicionales.

Silvia Leis

Colegio Censores de cuentas

Núm. 85
Julio 2019

 

 

NIEA 3000 (Revisada) Encargos de Aseguramiento distintos de la Auditoría o de la Revisión de Información Financiera Histórica, Marco Internacional de Encargos de Aseguramiento y las Modificaciones de concordancia de otras NIEA

International Standard on Assurance Engagements (ISAE) 3000 Revised, Assurance Engagements Other than Audits or Reviews of Historical Financial Information

Translated by: Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España
Status: Completed

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